QUIERO TENDER LA ROPA EN LA AZOTEA Y NO ME DEJAN

A veces nuestra vivienda apenas tiene espacio para poder tender. Sería ideal poder subir a la azotea y tender la ropa allí. Sin embargo, para poder hacerlo hay que tener en cuenta que solamente podremos tender la ropa en la azotea si en el estatuto o normas de régimen interno de la comunidad de propietarios está escrito que se permite hacerlo.
Si la comunidad de propietarios no tiene los documentos antes mencionados, la decisión de permitir o no usar la azotea como tendedero se tomará en una junta de vecinos y se aprobará por mayoría.
Obviamente, la azotea tendrá que ser de uso comunitario y transitable antes de plantearse siquiera la posibilidad de tender la ropa en ella.

2 respuestas a «QUIERO TENDER LA ROPA EN LA AZOTEA Y NO ME DEJAN»

  1. Hola! En mi comunidad, desde que se construyó el edificio en 1920, se colocaron tendederos para uso comunitario en la azotea y hace un año los quitaron sin ningún tipo de aviso, podría reclamar su reposición?
    Yo ahora no hago uso del piso, pero cuando vuelva me gustaría seguir disfrutando de poder tender en la azotea, como lo había hecho cuando vivía en él.
    Gracias por la respuesta.

    1. Buenas tardes María José:

      Es posible que los tendederos se hayan quitado por alguna razón de la terraza (reparación, impermeabilización, obras, etc.) y eso debe estar reflejado en algún Acta. Para reponer los tendederos debe solicitar al presidente/a que en la próxima reunión (ordinaria o extraordinaria) incluyan en el orden del día REPOSICIÓN DE TENDEDEROS. Al menos que en los estatutos lo prohíban, con la mayoría a favor es suficiente para instarlos de nuevo.

      Un cordial saludo 🙂

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