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Alicante – teléfono 633 26 38 13 -966 378 260 e.mail: administraciondefincas@jurado.com.es
Nº de colegiado: 1566

Ley de la Propiedad Horizontal, artículo 13: «Artículo 13. 1. Los órganos de gobierno de la comunidad son los siguientes:

a) La Junta de propietarios.
b) El presidente y, en su caso, los vicepresidentes.
c) El secretario.
d) El administrador.»

«El cargo de administrador en su caso, el de secretario y administrador podrá ser ejercido por cualquier propietario, así como por personas físicas con cualificación profesional suficiente y legalmente reconocida para ejercer dichas funciones. También podrá recaer en corporaciones y otras personas jurídicas en los términos establecidos en el ordenamiento jurídico.»